¿Es legal la instalación de cámaras con audio en el entorno laboral?
Cuando una empresa se plantea instalar sistemas de videovigilancia, suelen aparecer ciertas dudas sobre si pueden incluir también grabaciones de voz.
La utilización de controles laborales, como puede ser la videovigilancia, se encuentran amparados por el Estatuto de los Trabajadores siempre y cuando se cumpla con unos requisitos:
- Se debe informar a los trabajadores tal y como dispone el RGPD.
- Se debe respetar en todo momento la integridad moral y el derecho a la intimidad de los trabajadores.
- La medida de control debe responder al principio de proporcionalidad. Es decir, el fin perseguido debe justificar las medidas adoptadas.
A la hora de instalar cámaras que tengan integrado sistema de grabación de voz debemos plantearnos si se cumpliría con esos requisitos.
Entonces, ¿cuál es el problema?
El principal problema de las grabaciones en el entorno del trabajo es que se registran tanto conversaciones en el plano laboral, por ejemplo, entre un cliente y el trabajador, como conversaciones privadas que no deberían ser objeto de escucha alguna. Por lo tanto, la utilización de micrófonos y aparatos de grabación de audio integrada en las cámaras de videovigilancia sería desproporcionada. Además, los tribunales consideran que la utilización de dichas grabaciones no aporta nada o no es relevante para la función de control y supervisión a la que tiene derecho el empresario y por tanto es una medida que invade la privacidad del trabajador.
La grabación de audio en el trabajo se considera una medida que no responde al principio de proporcionalidad y que atenta contra el derecho a la intimidad de los empleados.
La única excepción a esta norma se aplica en caso de que las grabaciones hayan sido autorizadas judicialmente y, en todo caso, deben ser realizadas por profesionales especialmente designados para esta tarea.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que determinadas cámaras de seguridad están conectadas a alarmas o sistemas de alertas e incorporan micrófonos que permiten escuchar audio (pero no grabar o registrar). Algunas empresas de seguridad lo requieran a la hora de verificar incidencias, por tanto, en estos casos sí podrían responder al principio de proporcionalidad.
El asunto de la videovigilancia y grabación de voz en el entorno laboral es controvertido por lo que continuamente surgen sentencias que sienten nuevos precedentes en la aplicación de la normativa.