Cumplimiento Web

¿En que consiste nuestro servicio de cumplimiento web?

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Análisis

Diagnóstico de las obligaciones de la actividad e identificación de la información que se debe suministrar desde el sitio web sobre el titular del mismo.

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Auditoría del sitio web:

Comprobación de la necesidad de contar con un certificado de seguridad (SSL), auditoria de cookies, revisión de formularios y comprobación del grado de cumplimiento de la web.

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Elaboración de textos legales:

Política de Privacidad, Aviso Legal y Política de Cookies.

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Elaboración de informe:

Informe sobre las necesidad de implementación y/o cambios que deberá realizar en la web en base a los análisis y auditorías realizar.

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Sello de cumplimiento:

Al finalizar la adaptación web les entregaremos un sello propio de Nubelia que podrán incluir en su página web para mostrar su implicación en la seguridad de los datos en el cumplimiento de la normativa.

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Preguntas Frecuentes

Las personas que realicen actividades económicas por Internet u otros medios telemáticos (correo electrónico, televisión digital interactiva…), siempre que:

  • La dirección y gestión de sus negocios esté centralizada en España o,
  • posea una sucursal, oficina o cualquier otro tipo establecimiento permanente situado en territorio español, desde el que se dirija la prestación de servicios de la sociedad de la información.
    Se presumirán establecidos en España y, por tanto, sujetos a la Ley a los prestadores de servicios que se encuentren inscritos en el Registro Mercantil o en otro Registro público español en el que fuera necesaria la inscripción para la adquisición de personalidad jurídica.

La utilización de un servidor situado en otro país no será motivo suficiente para descartar la sujeción a la Ley del prestador de servicios. Si las decisiones empresariales sobre el contenido o servicios ofrecidos a través de ese servidor se toman en territorio español, el prestador se reputará establecido en España.

Sí. La Ley se aplica a toda actividad con trascendencia económica que se realice por medios electrónicos. En este caso, la empresa sólo está obligada a facilitar, a través de su página web, los datos de información general establecidos en el artículo 10 y a asegurarse de que la publicidad de otras empresas que, en su caso, figure en la página web pueda distinguirse claramente del contenido propio de la página y esté identificado el anunciante.

Aquella actividad que genere ingresos. Ya sean…

  • Directos: por venta o prestación de otros servicios a través de internet (comercio electrónico, asesoría online…).
  • Indirectos: por publicidad o patrocinio a través de medios electrónicos.

Por este motivo, la LSSI no se aplica en un primer momento a actividades sin ánimo de lucro. Es decir, la que llevan a cabo ONG, asociaciones, sindicatos y partidos políticos, entre otros.

El organismo que se encarga de velar y controlar el cumplimiento de la ley es el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a nivel estatal, y a nivel autonómico serán los órganos que correspondan. Además el órgano o autoridad que dicte la resolución de incumplimiento será el encargado de imponer las sanciones, que en el caso del ámbito estatal será el MITC, a excepción del incumplimiento de los artículos 21 y 22 de la LSSI, en cuyo caso será la Agencia Española de Protección de datos la encargada de imponer la sanción. El duración máxima de este procedimiento sancionador será de tres meses.